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Brasil - Tribunal Supremo de Justicia (STJ) autoriza el registro de una marca comercial en contra de resolución del INPI
28.04.2025

La Corte Suprema de Justicia de Brasil autoriza el registro de una marca previamente denegada por el INPI. El STJ validó el uso del recurso de mandamus y concedió el registro de una marca considerada genérica por el órgano administrativo, al considerar acreditada su distintividad y la ilegalidad del acto que la denegó.

El Tribunal Supremo de Justicia de Brasil (STJ) excede sus competencias y concede el registro de una marca comercial. El caso se refiere al intento de una empresa de odontología de registrar la marca comercial «Oral Qualità», que fue denegada administrativamente por el INPI por considerar que se trataba de una expresión genérica. La empresa presentó entonces un recurso de mandamus alegando que tenía un derecho claro y cierto a registrar la marca, que era suficientemente distintiva.

El recurso fue admitido y confirmado por los tribunales ordinarios. Al analizar el caso, el tribunal de segunda instancia concluyó que el derecho del demandante había quedado demostrado de forma clara y no requería más pruebas, ya que bastaba con determinar si Oral Qualitá era distintiva para permitir su registro.

El STJ, a su vez, confirmó esta interpretación. Además, aunque el INPI defendió la presunción de legitimidad del acto administrativo, el Tribunal consideró que el demandado había demostrado la ilegalidad del acto, lo que justificaba la concesión del registro.

Cabe señalar que el STJ no entró en el fondo de la cuestión de si las pruebas eran suficientes o no, ya que esto no era de su competencia. Se limitó a decidir si un recurso de mandamus era la forma adecuada de conceder una marca comercial, lo que el Tribunal confirmó.