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Taller sobre competencia desleal
11.10.2024 - 11.10.2024

El proyecto sobre competencia desleal  surge de los avances recientes en la materia, y de la necesidad de contar con información actualizada respecto de los avances legales en materia de competencia desleal. Recientemente, algunos aspectos del Derecho Público están siendo utilizados como obiter dictum en las Sentencias Judiciales para evitar prácticas de Competencia Desleal, como la igualdad de trato en los ámbitos del Derecho Fiscal y Administrativo. Si las Autoridades Públicas permiten cargas desiguales, la competencia por precio puede verse obstaculizada. No obstante, históricamente el Derecho de la Competencia Desleal se ha restringido al Sector, los litigios relativos a ONGs, Iglesias y Fundaciones que utilizan la argumentación del Comercio Desleal podrían ser un síntoma de cambios en la Práctica de la Competencia Desleal.

Además cabe destacar, que las prácticas comerciales y empresariales deshonestas, desleales, engañosas, fraudulentas o coercitivas están prohibidas desde hace tiempo por la legislación o sancionadas por los tribunales de muchas jurisdicciones. Esta jurisprudencia se refleja en el concepto de competencia desleal del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que pretende (entre otras cosas) «suprimir la competencia desleal», que consiste en «todo acto de competencia contrario a los usos honestos en materia industrial o comercial».

Este resumen de los ejemplos mencionados anteriormente muestra que las prácticas desleales ya no se entienden de la manera tradicional. Por el contrario, la jurisprudencia y el marco jurídico presentan enfoques más modernos y funcionales, acordes con la aplicación del artículo 10 bis. Esto se debe a una ampliación de los objetivos políticos de la competencia desleal para incluir no sólo la competencia entre los mismos agentes, sino también la protección de los consumidores y el interés público general en lograr un mercado que funcione correctamente.

En América Latina, se han adoptado diferentes soluciones normativas en este ámbito. Por ejemplo, la regulación de la competencia desleal en la Comunidad Andina se encuentra en la Decisión Andina 486, que también cubre las prácticas desleales relacionadas con la propiedad intelectual, y su artículo 259 identifica varias prácticas de competencia desleal.

En el taller se debatió cómo se aplican las normas sobre competencia desleal en las distintas jurisdicciones y qué prácticas pueden ser contrarias a los usos honestos en materia industrial o comercial. En particular, se logró una versión final de la estructura para un estudio comparativo, teniendo en cuenta la legislación aplicable y las posibles definiciones de las normas especiales, así como la jurisprudencia aplicable.