La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) recomendó a la Secretaría de Comercio aprobar la adquisición de la empresa Nidera Seeds Argentina por parte de Syngenta Crop Protection, en los términos del artículo 14 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, y aceptar la desconcentración propuesta por Syngenta como compromiso.
A través de la desconcentración comprometida, Syngenta se desprende de los siguientes activos, todos vinculados con el negocio de semillas de girasol:
el banco de germoplasma adquirido a Nidera, adaptado localmente en todos los estadios —líneas pre-comerciales y comerciales para su uso en Argentina—, el cual incluye cinco híbridos comerciales focalizados en el mercado local (Paraíso 102 CL, Paraíso 1600 CL Plus, Paraíso 1500 CL PLHO, Aromo 105CL, Paraíso 1800 CL PLUS) y un híbrido pre-comercial (RN284851);
La CNDC consideró que la unidad de negocios ofrecida por Syngenta contiene todos los componentes necesarios para que Nuseed S.A. se constituya en un competidor vigoroso y efectivo de la entidad combinada, de forma tal que se mantiene el nivel de competencia en el mercado de semillas de girasol.
El compromiso propuesto logra eliminar los riesgos identificados por la CNDC en su informe de objeción, particularmente aquellos relacionados a potenciales conductas unilaterales posibilitadas y/o facilitadas a partir de la operación notificada, recomponiendo la estructura de la oferta en el mercado de semillas de girasol y mejorando la situación competitiva respecto de aquella que tendría lugar si la operación se llevara a cabo sin la desconcentración. La operación y la desconcentración propuesta fueron aprobadas por el Secretario de Comercio mediante la Resolución SC N. 161.