La Cámara de Diputados de Chile aprobó cuatro proyectos referidos a acuerdos internacionales en materia de propiedad intelectual. Se trata de los acuerdos de Viena sobre la Clasificación Internacional de los Elementos Figurativos de las Marcas; el Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas; el, que establece una Clasificación Internacional para los Dibujos y Modelos Industriales; y el Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional de Patentes.
Los países parte en el Acuerdo de Viena pueden aplicar la clasificación como sistema principal o subsidiario. Por ello, tienen la posibilidad de seguir utilizando su clasificación nacional al mismo tiempo que la Clasificación de Viena, sea como medida transitoria o como medida permanente.
Las oficinas competentes de los países parte en el Acuerdo de Viena están obligadas a incluir en los documentos y publicaciones oficiales relativos al registro y la renovación de marcas los números de las categorías, divisiones y secciones en las cuales se hayan clasificado los elementos figurativos de dichas marcas. Con “documentos y publicaciones” se alude, en particular, a entradas en el registro de marcas, los certificados de registro y renovación, así como la publicación de registros y renovaciones en diarios o boletines de las oficinas.
El Arreglo de Niza establece una clasificación de productos y servicios para el registro de las marcas de fábrica o de comercio y las marcas de servicio (la Clasificación de Niza). En los documentos y publicaciones oficiales correspondientes al registro de la marca, las oficinas de marcas de los Estados Contratantes deben indicar los números correspondientes a las clases de la Clasificación en las cuales se incluyan los productos y servicios que sean objeto del registro.
El Arreglo de Locarno establece una clasificación de los dibujos y modelos industriales (la Clasificación de Locarno). En los títulos oficiales que reflejen el depósito o el registro de dibujos o modelos industriales, las oficinas competentes de los Estados Contratantes deberán indicar los números correspondientes a las clases y subclases de la Clasificación a las cuales pertenezcan los productos en que se plasmen los dibujos o modelos y lo mismo deberán hacer en las publicaciones que realicen a propósito del depósito y el registro de los dibujos y modelos industriales.
El Arreglo de Estrasburgo establece la Clasificación Internacional de Patentes (CIP), que divide la tecnología en ocho secciones que contienen aproximadamente 80.000 subdivisiones. La Clasificación es indispensable para recuperar los documentos de patente durante la búsqueda en el "estado de la técnica". Dicha búsqueda es necesaria para las administraciones encargadas de la concesión de patentes, los eventuales inventores, los servicios de investigación y desarrollo y las demás partes que se ocupan de la aplicación o el desarrollo de la tecnología.