El día 17 de marzo de 2020, la Cámara de Diputados de Chile dictó una Resolución por la que se requiere al Poder Ejecutivo que declare, en razón de la emergencia sanitaria, la concesión de licencias obligatorias para vacunas, medicamentos, diagnósticos, dispositivos, suministros y otras tecnologías útiles para la vigilancia, prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de las personas infectadas por el coronavirus en Chile.
En el documento se expresó que si bien no se saben cuáles son en particular las vacunas, medicamentos, diagnósticos, equipos u otras tecnologías útiles para la vigilancia, prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de las personas infectadas por el COVID-19, se indicó que, dentro del marco normativo, se debe estar preparado para tomar de manera expedita las medidas y resoluciones que sean necesarias para que tanto el sector público como el sector privado, puedan generar las respuestas que demande la emergencia sanitaria.
De ese modo, se explicó que la disponibilidad de los medicamentos, insumos y equipos de última generación, puede además estar restringida por monopolios legales producto de derechos de patentes y otras formas de propiedad industrial, que limiten tanto la producción como la importación o la producción de los mismos, todo lo cual importa un riesgo para el acceso que debe ser previsto y subsanado con urgencia y debida antelación.
Remarcó que en la Resolución 67.6 de la Asamblea Mundial de la Salud, de fecha 24 de mayo de 2014, se instó a los Estados Miembros a que consideren, cuando sea oportuno, la utilización de mecanismos para hacer uso de las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio con el fin de promover el acceso a productos farmacéuticos específicos.
Disponible en: https://www.camara.cl/legislacion/resoluciones/resolucion_documentos.aspx?prmId=6028.