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Brasil:Promulgada una nueva ley que estructura el sistema privado brasileño de defensa de la competencia
21/03/2023

El 16 de noviembre de 2022, se promulgó la Ley 14470/2022, que implementa nuevas disposiciones para reprimir las violaciones de las leyes antimonopolio. Entró en vigor el 17 de noviembre de 2022 tras su publicación en el Diario Oficial (DOU), alterando la Ley de Competencia brasileña.

En cuanto a cambios específicos, la nueva ley modifica la Ley de Competencia introduciendo los Artículos 46-A y 47-A y cuatro párrafos en el Artículo 47. 

El segundo párrafo del nuevo artículo 46-A define que el plazo de prescripción comienza a correr a partir del momento del conocimiento efectivo de la infracción, lo que ocurre cuando el CADE emite su decisión final en el procedimiento administrativo. Ese es ya el entendimiento prevaleciente en los tribunales, considerando que es el momento en que las víctimas tienen conocimiento de la violación y, por lo tanto, de la posibilidad de indemnización legal.

Además, siguiendo y basándose en el sistema de aplicación privada de los EE.UU. (jurisdicción líder mundial en la aplicación privada de la legislación antimonopolio) - que estableció el triple de daños para las violaciones de cárteles - la nueva ley brasileña establece el doble de daños en el artículo 47 de la Ley de Competencia. Es decir, doble indemnización por los daños sufridos por un tercero debido a violaciones de la legislación antimonopolio. Por lo tanto, para incentivar la firma de acuerdos con el CADE, los párrafos 2 y 3 eximen de la doble indemnización a aquellos que hayan firmado un acuerdo de clemencia o de cese.

Otro aspecto importante es la inversión de la carga de la prueba en el caso de una defensa de passing-on, un argumento común presentado por los acusados afirmando que la ventaja resultante de la violación se transmitió a la cadena de producción. De este modo, las víctimas directas no habrían sufrido ninguna pérdida, por lo que no tendrían derecho a indemnización. Esta defensa de repercusión impone a las víctimas la carga de la prueba de que esta repercusión no se produjo, a pesar de la enorme asimetría informativa.

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